RECALCULANDO EN CHANCLETAS:
La Corte Suprema de Justicia de la Nación "suspendió provisoriamente" los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogaba la Ley de Tierras Rurales, mediante una medida cautelar interina dictada en el marco de una causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie.
La resolución fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.
Por su parte, Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
De esta forma, las limitaciones que la Ley 26.737 imponía sobre la adquisición de tierras por ciudadanos extranjeros vuelven a estar vigentes.
La suspensión se mantendrá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y examine el pedido de medida cautelar presentado por la asociación.
El máximo Tribunal consideró necesario adoptar una decisión provisoria para garantizar la tutela judicial efectiva y evitar posibles daños irreparables al ambiente, debido a que los tribunales inferiores no habían resuelto los planteos formulados por los demandantes.



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