UNA NORMATIVA QUE DIVIDE A LA OPINIÓN PÚBLICA:
Finalmente, el Gobierno de Javier Milei reglamentó el Régimen Penal Juvenil establecido por la Ley 27.801, que alcanza a adolescentes desde los 14 años y hasta las cero horas del día en que cumplen 18 años, cuando sean imputados por un hecho tipificado como delito.
Así se informó en el Decreto 875/2026.
El Ministerio de Justicia fue designado como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal, a la vez que estableció mecanismos para el seguimiento de los jóvenes, la asistencia a las víctimas y la coordinación con las provincias.
"Por la Ley N° 27.801 se estableció el Régimen Penal Juvenil aplicable a las personas adolescentes desde 14 años de edad hasta las cero horas del día en que cumplan 18 años de edad y se fijó como finalidad del régimen fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social", se indicó.
*Edad de imputabilidad:
Los adolescentes de 14 y 15 años ahora pueden ser imputados, juzgados y condenados penalmente por delitos graves.
*Límite de las penas:
Se fija una pena máxima de privación de libertad de 15 años para los casos más graves.
La prisión perpetua está prohibida para menores.
*Medidas alternativas:
La norma prioriza opciones distintas a la cárcel, tales como reglas de conducta, servicios comunitarios, reparación del daño y monitoreo electrónico.
*Condiciones de detención:
Los jóvenes deben cumplir cualquier medida de encierro en establecimientos o espacios completamente separados de las personas adultas.




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