Mediante el Decreto publicado se establece el veto al Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 27.757 sancionado por el H. CONGRESO DE LA NACIÓN el 12 de septiembre de 2024.
En el artículo 1 se establece "Obsérvase en su totalidad el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 27.757″ mientras que en el artículo dos se remarca: "Devuélvase al H. CONGRESO DE LA NACIÓN el Proyecto de Ley mencionado en el artículo anterior".
En el considerando del Decreto se detallan los distintos artículos del proyecto, como por ejemplo, "las modificaciones que impactan en el régimen jurídico de financiamiento de las Universidades Nacionales, en materia de gastos de funcionamiento y de salarios para el personal docente y no docente del Sistema Universitario Nacional".
Al justificar el veto de la ley, el Gobierno Nacional sostuvo que "es manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente, en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento" y se aclaró que "el artículo 38 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional es claro al exigir de forma expresa que toda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento".
"Es momento de que los legisladores entiendan que ya no pueden hacer populismo demagógico con los recursos de quienes pagan los impuestos, y comiencen a actuar con la responsabilidad que demanda este momento histórico".
"El lugar adecuado para discutir el financiamiento de las universidades es el debate del Presupuesto Nacional 2025″, finalizaron.
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