"Extendimos la vigencia de estas moratorias porque sabemos que son importantes para las familias, los comercios, profesionales, pymes y otras empresas".
"La Pandemia generó una situación complicada, así que seguimos acompañando al sector privado para que pueda ponerse al día y salir adelante", expresó el Director de ARBA, "Cristian Girard".
"Desde la Agencia se realizó un acompañamiento a los contribuyentes brindando beneficios, sin aumentar la carga tributaria, sin asfixiarlos, entendiendo la situación y estando al lado, para ayudarlos a cumplir".
Según estimó, "con estas tres iniciativas para regularizar deudas, ya llevamos constituidos más de 83.200 planes de pago, con un financiamiento de $10.600 millones, lo que muestra la recepción positiva que tuvo el beneficio", finalizó.
LAS TRES MORATORIAS:
*Impuestos patrimoniales vencidos en el 2020*.
Incluye cuotas impagas de Inmobiliario Básico y Complementario, Automotores y Embarcaciones Deportivas vencidas el año pasado.
Brinda quitas de hasta el 100% en multas e intereses.
Los beneficios están segmentados con un carácter de progresividad, en función de la capacidad de pago de los hogares y empresas, brindando mayores facilidades para quienes fueron más perjudicados.
Prevé una financiación de hasta 24 cuotas.
*Deudas del 2021 en actividades afectadas por la Pandemia*.
Comprende a los impuestos Ingresos Brutos, Automotores e Inmobiliario Básico, tanto en planta urbana edificada como rural.
Busca otorgar facilidades para que comercios, autónomos, PyMes, empresas y demás contribuyentes, que hayan tenido caída de ventas o aumentos inferiores al 40% en su facturación, puedan regularizar deudas vencidas este año en hasta 18 cuotas sin interés.
*Plan para agentes de recaudación*.
Permite regularizar deudas provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas, no ingresadas o ingresadas fuera de término, de Ingresos Brutos y Sellos, vencidas al 31 de diciembre del 2020, tanto en instancia judicial como prejudicial.
Brinda una financiación en hasta 48 cuotas, dependiendo del tamaño de la empresa y el tipo de deuda.
Además, incluye la posibilidad de regularizar intereses, recargos y multas, así como deudas de regímenes anteriores que se encuentren caducos al 31 de diciembre del 2020.
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