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viernes, 10 de septiembre de 2021

Veda Electoral, qué pueden hacer y qué no los precandidatos:


La "Veda Electoral", que entre otras prohibiciones establece que los precandidatos no pueden realizar actividades de campaña, rige desde este viernes en todo el país de cara a las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del domingo.

De acuerdo al artículo 64 bis del Código Nacional Electoral, "la campaña electoral finaliza 48 horas antes del inicio de los comicios, es decir, este viernes a las 8:00 horas".

El apartado 71 de esa norma establece que "dentro de las prohibiciones que establece la veda está la de realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo" a las 18 horas del próximo domingo.

Respecto al uso de las redes sociales durante la "Veda Electoral", fuentes de la Cámara Nacional Electoral advirtieron que "esas herramientas digitales están incluidas en la veda".

Además de no estar habilitada la posibilidad de hacer actos de campaña, el Código Electoral Nacional también prohíbe la realización de espectáculos, la venta de bebidas alcohólicas, entregar a los electores boletas de postulantes dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos y publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.


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Artículo revisado: Veda Electoral, qué pueden hacer y qué no los precandidatos: Clasificación: 5 Revisado por: Cadena Noticia Sur