Finalmente la Justicia suspendió el Decreto de Necesidad y Urgencia ( DNU) impuesto por el Gobierno Nacional, que declaraba a las "telecomunicaciones como servicio esencial" y volvió a otorgarle plena potestad de comercialización a los prestadores de servicio.
Asimismo, le ordenó al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) a "abstenerse de emitir y llevar a cabo alguna decisión al respecto", hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
El Ente Nacional de Comunicaciones fue notificado de la decisión judicial que restablece la potestad de los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, como servicio en competencia, a los fines de garantizar la continuidad, la sustentabilidad y la calidad del servicio que brindan cientos de empresas en todo el país.
En lo dispuesto por la Justicia, "el organismo regulador no se encuentra facultado a continuar dictando normas derivadas del DNU 690 ni ejecutando las ya dictadas, las que se encuentran suspendidas de un modo general, alcanzando a todos los operadores TIC de nuestro país".
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