RÍO NEGRO:
Un hombre fue condenado hoy a 31 años y 6 meses de prisión efectiva por los "abusos sexuales y el abandono" que le provocó la muerte a "Sofía Neira" (de 3 años).
Recordemos que el repudiable hecho ocurrió en febrero del 2019, en la localidad de Lamarque, informaron fuentes judiciales.
Un Tribunal de esa provincia halló culpable a "Marcos Nicolás González" por los delitos de "Lesiones Leves Calificadas por Violencia de Género, Reiteradas en un Número Indeterminado de Veces; Abuso Sexual Gravemente Ultrajante, Reiterado, Doblemente Calificado por el Vínculo y por la Convivencia Preexistente", en una sentencia emitida por Zoom.
Los cargos incluyeron también "Corrupción de Menores Agravada por la Edad de la Víctima y por ser el Autor Persona Conviviente y Guardador; Desobediencia a una Orden Judicial y Abandono de Persona Seguida de Muerte".
González era la pareja de la madre de la víctima, "Janet Neira", quien también fue condenada a 24 años y 7 meses de prisión por "Conocimiento sin Oposición" y por "Prestar Colaboración en los Hechos que Provocaron la Muerte de Sofía".
Un Tribunal de esa provincia halló culpable a "Marcos Nicolás González" por los delitos de "Lesiones Leves Calificadas por Violencia de Género, Reiteradas en un Número Indeterminado de Veces; Abuso Sexual Gravemente Ultrajante, Reiterado, Doblemente Calificado por el Vínculo y por la Convivencia Preexistente", en una sentencia emitida por Zoom.
Los cargos incluyeron también "Corrupción de Menores Agravada por la Edad de la Víctima y por ser el Autor Persona Conviviente y Guardador; Desobediencia a una Orden Judicial y Abandono de Persona Seguida de Muerte".
González era la pareja de la madre de la víctima, "Janet Neira", quien también fue condenada a 24 años y 7 meses de prisión por "Conocimiento sin Oposición" y por "Prestar Colaboración en los Hechos que Provocaron la Muerte de Sofía".
LA INVESTIGACIÓN:
El 1 de febrero del 2019 la niña fue ingresada a la guardia del Hospital de Lamarque, y por la gravedad de su estado físico, la derivaron a un sanatorio de General Roca, donde falleció tres días después.
Lo cierto es que el Tribunal integrado por Laura Pérez, Oscar Gatti y Verónica Rodríguez, consideró como agravantes los variados "mecanismos de producción de las lesiones que presentaba la niña, la distribución de esas heridas prácticamente en todo su cuerpo y los actos vejatorios y humillantes que rodeaban a aquellos golpes".
También evaluaron "como dato insoslayable los tres años de edad de la víctima, totalmente vulnerable y dependiente".
Asimismo computaron "el dominio de la situación que detentaba González en todo momento, la utilización de objetos para incrementar el poder de agresividad, el temor paralizante que le generaba a la víctima y la forma en la que inducía a la madre de la niña para que avalara los hechos".
El Tribunal señaló que "el condenado utilizaba el marco de confianza generado hacia la madre para ejercer un claro poder sobre los niños, generando un total aislamiento del grupo familiar, evitando cualquier posibilidad de pedir auxilio y amedrentando a las personas que intentaron defender a la niña en las semanas previas a su muerte".
En ese sentido, "se consideró como agravante la agresividad sistemática durante los meses de convivencia del imputado con la niña, la escalada de violencia y el sufrimiento sostenido que produjo".
El Tribunal consideró que:
Lo cierto es que el Tribunal integrado por Laura Pérez, Oscar Gatti y Verónica Rodríguez, consideró como agravantes los variados "mecanismos de producción de las lesiones que presentaba la niña, la distribución de esas heridas prácticamente en todo su cuerpo y los actos vejatorios y humillantes que rodeaban a aquellos golpes".
También evaluaron "como dato insoslayable los tres años de edad de la víctima, totalmente vulnerable y dependiente".
Asimismo computaron "el dominio de la situación que detentaba González en todo momento, la utilización de objetos para incrementar el poder de agresividad, el temor paralizante que le generaba a la víctima y la forma en la que inducía a la madre de la niña para que avalara los hechos".
El Tribunal señaló que "el condenado utilizaba el marco de confianza generado hacia la madre para ejercer un claro poder sobre los niños, generando un total aislamiento del grupo familiar, evitando cualquier posibilidad de pedir auxilio y amedrentando a las personas que intentaron defender a la niña en las semanas previas a su muerte".
En ese sentido, "se consideró como agravante la agresividad sistemática durante los meses de convivencia del imputado con la niña, la escalada de violencia y el sufrimiento sostenido que produjo".
El Tribunal consideró que:
"La vida de la víctima fue razonablemente normal hasta la aparición de González en octubre del 2018, lo que implicó un cambio negativo y la instalación de conductas perversas en la vida de todos los integrantes del grupo familiar".
"Es un hombre que tiene las herramientas necesarias para valorar lo disvalioso de su conducta, presenta una personalidad agresiva, violenta y mantuvo una clara actitud de indiferencia ante los médicos que le informaron la gravedad irreversible que presentaba la niña cuando fue internada en el Hospital de General Roca", remarcaron los Jueces.
"Es un hombre que tiene las herramientas necesarias para valorar lo disvalioso de su conducta, presenta una personalidad agresiva, violenta y mantuvo una clara actitud de indiferencia ante los médicos que le informaron la gravedad irreversible que presentaba la niña cuando fue internada en el Hospital de General Roca", remarcaron los Jueces.




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