APROBADO POR MAYORÍA:
La Ley se aprobó por 133 votos afirmativos, 5 negativos y 16 abstenciones.
Ahora, todos los eventos musicales, sean públicos o privados, deberán incluir en la grilla un 30% de agrupaciones musicales de o con músicas mujeres, disidencias o diversidades.
A TENER EN CUENTA:
* La Autoridad de Aplicación es el Instituto Nacional de la Música (INAMU) deberá redactar la normativa para que la Ley sea aplicada.
* En el acta de acuerdo que se firmó con el Instituto Nacional de la Música, en el 30% están incluidas las mujeres músicas disidencias y diversidades.
* La Autoridad de Aplicación es el Instituto Nacional de la Música (INAMU) deberá redactar la normativa para que la Ley sea aplicada.
* En el acta de acuerdo que se firmó con el Instituto Nacional de la Música, en el 30% están incluidas las mujeres músicas disidencias y diversidades.
* El objetivo es que sea de aplicación inmediata para aprovechar la gran cantidad de festivales que se realizan durante la época veraniega.
* Se aplica a partir de 3 artistas programados en eventos musicales. Se cumple cuando suman mujeres solistas (aunque el resto de los integrantes sean varones) o bandas mixtas que cumplan con el 30% de músicas.
* De no respetarse se deberá pagar una multa por un valor equivalente hasta el 6% de la recaudación bruta, en el caso que el evento sea gratuito la sanción será aplicada sobre el pago de cachet de los artistas y de los sponsors involucrados.
* Es importante destacar que la Ley no regula sobre la formación del grupo, regula sobre la grilla del evento.
Las bandas no deberán incluir mujeres, los eventos deberán hacerlo.
* Los responsables de hacer efectiva esta norma son, quienes cumplan la función de productor/a y/o curador/a y/o organizador/a y/o responsable del evento.
* La Ley no regula sobre las grillas extranjeras, en el caso de los festivales que involucren artistas nacionales, se ordena sobre la lista nacional de bandas y solistas.
* La fundamentación se basó en un estudio propio con la "Mesa por más Músicas Mujeres en Vivo" sobre 46 de los principales festivales del país, abarcando las 6 regiones culturales y las 24 provincias.
* El resultado del estudio se obtiene de datos arrojados entre junio del 2017 y junio del 2018 en esos 46 festivales pasaron 1.605 agrupaciones de las cuales solo 160 tenían alguna mujer en su conformación, es decir menos del 10%.
* La Ley de cupo solo regula la inclusión de mujeres en el escenario.
Pero a lo largo de estos dos años las músicas impulsoras de la Ley trabajaron con otros colectivos que las apoyaron, como el Sindicato Argentinos de técnicos durante este tiempo trabajaron con el Sindicato de Técnico Escénicos, quienes dieron su apoyo temprano al proyecto a través de la Subsecretaria de Genero (Soledad Rivera).
DOS PILARES DE LA LEY:
* "Es una enorme conquista", afirmó Daniel Filmus (Presidente de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados de la Nación), en referencia al cupo femenino en festivales de música que ya es Ley.
El proyecto de Ley es de la autoría de Filmus, así como también el proyecto que tiene por objetivo garantizar el acceso de personas con discapacidad a las actividades y espacios culturales, que consiguió la media sanción.
* Recordemos que el proyecto legislativo fue liderado por la Senadora Anabel Fernández Sagasti en compañía de más de 700 músicas de todo el país.
* Recordemos que el proyecto legislativo fue liderado por la Senadora Anabel Fernández Sagasti en compañía de más de 700 músicas de todo el país.
Para conseguir la aprobación de la Ley fue necesario el apoyo de varios partidos políticos.



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