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viernes, 4 de octubre de 2019

Se prohibió un agua mineral, una leche en polvo y varios productos regionales:


BOLETÍN OFICIAL:

La "Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica" (ANMAT) prohibió la comercialización de determinadas marcas de agua mineral, leche en polvo, dulces regionales y un aceite.

AGUA MINERAL:
El organismo prohibió a través de la Disposición 8130/2019, el agua marca Nativa, bajo sodio, Naturalmente Agua, debido a que el Departamento Provincial de Bromatología de la Dirección de Salud Ambiental de la provincia de Chubut por tratarse de un producto falsificado.

EXTRACTO DE MANZANILLA:
También se prohibió la venta de "extracto de manzanilla, extracto de tilo, jugo de arándano, extracto de pasionaria y extracto de avena con stevia", marca Camino de Vida, con el nombre de fantasía Releasing Stress, RNPA N°01045753, elaborado por el RNE N°01000250 y comercializado por Alimentos SA, localizado en calle San José 2423, Beccar, Provincia de Buenos Aires.

LECHE ENTERA EN POLVO:
Por estar mal rotulados y en consecuencia ser ilegal, la leche entera en polvo instantánea rica en Hierro, Zinc y Vitaminas D, A y C, peso neto 800 gr., marca Optima, RNPA N° 21-447109 y una leche entera en polvo instantánea fortificada con Vitaminas A y D, peso neto 400 gr., marca Optima, RNPA N° 21-447108”, elaborados y envasados por SENASA S-I-05515 – RNE N° 21-442338, bajo el R.N.E. 21-442338, también quedaron prohibidas para su comercialización.

PRODUCTOS REGIONALES:
Por falta de trámites de conformación de establecimiento, se prohibió la venta de los "Dulce Regional, producto santiagueño, Kinoto, marca Casero", "Bombón de Nuez y Algarroba, marca Casero" y "Dulce Regional, Producto Santiagueño, Zapallo, marca Casero" elaboradas en la calle Garay 1958, en La Banda, Santiago del Estero.

ACEITE DE OLIVA:
También por mala rotulación se prohibió la venta del "aceite de oliva extra virgen, marca San Rafael de Cuyo", de Mendoza, Blend de diferentes varietales de aceituna, y envasado por San Rafael de Cuyo S.A., RNE 020-42365, RPPA N° 02175034, como asimismo de todo producto del RNE 020-42365.

RESTAURADOR DENTAL:
Debido a la falta de datos sobre el importador del producto en Argentina, se prohibió todos los lotes de los productos médicos rotulados como: "BEAUTIFIL II 4.5 g/A2 PN1402/Manufacturer SHOFU INC. Japan/Material Restaurador Dental fotopolimerizable liberador de Flúor/Lote 041825/Vto. 2012-03-21, sin datos del importador/titular responsable en Argentina" y "BEAUTIFIL FLOW PLUS F00 2.2 g/A1 PN2001/Manufacturer SHOFU INC. Japan/Material de Radmuración Fluido Fotopolimerizable liberador de Flúor/Lote 021849/Vto. 2021-01-31".



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Artículo revisado: Se prohibió un agua mineral, una leche en polvo y varios productos regionales: Clasificación: 5 Revisado por: Cadena Noticia Sur