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sábado, 1 de junio de 2019

En Ezeiza NO hay CAMBIEMOS:


En Ezeiza NO hay CAMBIEMOS, lo que hay es un bloque de ediles que se referencian con 7 concejales a saber: (4 del PRO, 2 de la UCR y 1 del partido FE), desde fines del 2017 no hubo ninguna reunión de la mesa política de Cambiemos, debería haberlo hecho quién dice ser el candidato que enfrentaría al actual intendente Alejandro Granados. 

Durante mi mandato de presidente de la UCR de Ezeiza, no tuve la oportunidad de charlar ni políticamente, ni como simple vecino del distrito, me entero del accionar que realiza en las redes sociales, espero que entiendan el porqué de estas manifestaciones, se puede estar de acuerdo o no, se puede debatir en una charla política, pero creerse que una coalición política haya una sola voz y todos debemos someternos a las decisiones, es no tener idea de lo que es formar parte de este espacio.

Por eso es que es el momento de decirlo y además desprestigia a quienes somos del radicalismo y hace referencia a unos y otros no, haciendo y diciendo cosas que no son reales y lo que observo y reitero hay mucha SOBERBIA, creyendo que puede seguir manejando los destinos de Cambiemos en Ezeiza. 

Mas que nunca luego de la Convención Nacional del pasado 27/5/19 en Parque Norte quiero que se tenga en cuenta la resolución de esa fecha y que transcribo para las actuales autoridades de los distintos partidos que lo integran.
RESOLUCIÓN DE LA HONORABLE CONVENCIÓN NACIONAL HACIA UNA COALICIÓN DE GOBIERNO PARA CONSTRUIR UNA ARGENTINA SANA Y PREVISIBLE.

ARTÍCULO 1°. En los términos dél artículo 8° inc. j) dé la Carta Orgánica Nacional, confirmar los acuerdos políticos nacionales aprobados por la Honorable Convención Nacional en su sesión del 15 de marzo de 2015, Cambiemos, y procurar su reformulación, ampliación, fortalecimiento, mejora e institucionalización a través de un programa común que responda a los preceptos doctrinarios dé la Unión Cívica Radical y atienda los Lineamientos Fundamentales del Programa de Gobierno aprobados por la Convención Nacional. 

ARTÍCULO 2°. De acuerdo con lo establecido en el artículo 1°, promover la formulación de una coalición con un esquema de funcionamiento reglado y sistémico qué provea certidumbre en los procesos decisorios. 

ARTÍCULO 3°. Constituir una Comisión dé Acción Política integrada por el presidente del Comité Nacional, Alfredo Cornejo, los gobernadores Gerardo Morales y Gustavo Valdés y tres (3) miembros nominados por la Mesa Directiva del Comité Nacional, a los efectos de procurar la ampliación dé la coalición, su fortalecimiento e institucionalización. 

ARTÍCULO 4°. Establecer las siguientes bases para la actuación de la Comisión de Acción Política: 1) los acuerdos políticos nacionales y distritales deberán potenciar la competitividad electoral de la Unión Cívica Radical en todas las categorías de cargos y jurisdicciones, priorizando el acceso de nuestras/os afiliadas/os a los cargos ejecutivos y legislativos nacionales, provinciales y municipales. A tal efecto, podrán establecerse listas de unidad con las demás fuerzas de la coalición o, en su defecto, dirimir la mejor oferta electoral del espacio político en las elecciones primarias, abiertas, simultaneas y obligatorias (PASO); 2) la plataforma electoral deberá respetar los Lineamientos Fundamentales del Programa de Gobierno aprobados por esta Convención y los preceptos doctrinarios dé la Unión Cívica Radical; 3) la participación de las autoridades dé la Unión Cívica Radical en paridad de condiciones en la adopción y discusión de políticas y decisiones de gobierno; 4) las listas de precandidatos deberán tener, al menos, un apoderado/a titular nominado por las autoridades nacionales o distritales de la Unión Cívica Radical; 5) los acuerdos electorales distritales deberán contemplar las condiciones políticas locales. En él marco dé las elecciones primarias, abiertas, simultaneas y obligatorias, las boletas de sufragio de todas las listas de precandidatas/os a cargos legislativos de orden federal, ejecutivos y legislativos de orden provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales podrán adherirse a las boletas de sufragio de todas las listas de precandidatas/os a presidente y vicepresidente de la Nación de acuerdo con la legislación y jurisprudencia aplicable; 6) en el marco de las elecciones primarias, abiertas, simultaneas y obligatorias, las boletas de sufragio de todas las listas de precandidatos/as a presidente y vicepresidente de la Nación podrán adherirse a todas las boletas de sufragio de las listas de precandidatas/os a cargos legislativos de orden federal, ejecutivos y legislativos de orden provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales de acuerdo con la legislación y jurisprudencia aplicable; 7) las actas constitutivas y reglamentos electorales de las alianzas nacionales y distritales deberán establecer las mismas o mas favorables condiciones respecto a los requisitos de los precandidatos/as, órganos, integración de las listas, etc., que las acordadas en el año 2015 para la constitución de “Cambiemos”. 

ARTÍCULO 5°. Delegar la aprobación de la gestion de la Comisión de Acción Política y la decisión final sobre la constitución de la alianza electoral en la Mesa Directiva del Comité Nacional. 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 de mayo de 2019.



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Artículo revisado: En Ezeiza NO hay CAMBIEMOS: Clasificación: 5 Revisado por: Cadena Noticia Sur