UN BREVE DESCANSO:
Para el año próximo (2018), los feriados puente serán el 30 de abril, 24 y 31 de diciembre.
En tanto que para el 2019 serán el 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre.
Las fechas fueron definidas a través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Mauricio Macri y del ministro de Turismo, Gustavo Santos.
Los llamados "días no laborables con fines turísticos" están previstos en el artículo 7 de la Ley N° 27.399, sancionada este año por el Congreso.
La norma declaró "de interés nacional al turismo como actividad socio-económica, estratégica y esencial para el desarrollo del país".
En la Ley se determinó que los feriados nacionales trasladables previstos, cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior, y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes siguiente.
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