Para escribir esta COLUMNA/OPINIÓN, tuve que respirar profundo y medir las palabras !!!.
Todo indicaba que teniendo un Ministro de Trabajo y una Vicepresidente con "capacidades diferentes", la sensibilidad formaría parte del gobierno de Macri...sic.
El sistema de pensiones no contributivas por invalidez es un instituto que fue creado para que las personas con discapacidad en situación de vulnerablidad social que no pudiesen trabajar tuviesen un sustento económico (humanidad y criterio).
Sin embargo, y a pesar de que nuestro país no sufrió ninguna catástrofe o guerra, en los últimos años las pensiones otorgadas aumentaron inexplicablemente de 300.000 a casi 1.500.000.
Es tarea de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales revisar la nómina de personas que reciben este tipo de pensión con la finalidad de que estas se otorguen realmente a quienes más lo necesitan.
Las pensiones por invalidez siguen legalmente vigentes, y todos los años se revisan los casos porque la situación de las personas cambia y puede ser que haya personas que no hayan estado recibiendo el beneficio en condiciones de hacerlo (o los piolas de siempre, estén lucrando).
El bien común nunca se alcanza actuando por fuera de la ley y mucho menos negándole a un grupo de personas su capacidad para aportar a la comunidad.
Hay que superar los prejuicios y trabajar entre todos para lograr una verdadera inclusión que aproveche los talentos de todos los ciudadanos.
Distintas figuras de la oposición lanzaron sus críticas por las bajas de algunas pensiones por discapacidad, decisión del Ministerio de Desarrollo Social que encabeza Carolina Stanley (tan lejos del mural inmortal).
Además, avanzaron con iniciativas en el Congreso para frenar la medida. La senadora del PJ-FPV, María de los Ángeles Sacnun y su par del GEN, Jaime Linares presentaron dos proyectos para derogar el decreto de 1997 que utilizó el Gobierno para dar de baja algunas pensiones por discapacidad.
El inciso "F" establece que para acceder a la pensión, ni la persona que la solicita ni su cónyuge pueden estar amparados "por un régimen de previsión, retiro o prestación no contributiva", mientras que el "H" indica que tampoco puede "poseer bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia".
Para las ONG, la aplicación del decreto 432 de 1997, que el Ministerio de Desarrollo Social desempolvó para discontinuar pensiones no contributivas a discapacitados, es inconstitucional, ya que, años más tarde, Argentina incorporó a su Carta Magna la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
"El Estado no puede hacer ninguna medida regresiva, a partir del artículo 19 de la Convención, que habla de la autonomía de las personas", indicó Ana Dones, integrante de la comisión directiva de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI).
Ese artículo obliga al Estado a asegurar al discapacitado el "derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido".






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