La Corte Suprema aceptó la aplicación del cómputo de la pena conocido como "dos por uno" en un caso de condena por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.
El tribunal, por mayoría, aplicó el criterio en un caso en el que fueron condenados represores por la desaparición de trabajadores del Hospital Posadas.
A favor de la aplicación del "dos por uno" votaron los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, en tanto que Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda lo hicieron en disidencia.
La sentencia fue dictada en el caso de Luis Muiña, quien en 2011 fue condenado a 13 años de prisión por ser "coautor del delito de privación ilegal de la libertad" e "imposición de tormentos" en cinco casos.
En un voto conjunto, los jueces Rosenkrantz y Highton consideraron que el beneficio de la aplicación de la ley penal más benigna, que surge del Código Penal, resulta extensivo a todos los delitos.
Los magistrados plantearon que esa posición es "aquella internacionalmente aceptada, incluso para el caso de los delitos de lesa humanidad", según se informó.
A favor de la aplicación del "dos por uno" votaron los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, en tanto que Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda lo hicieron en disidencia.
La sentencia fue dictada en el caso de Luis Muiña, quien en 2011 fue condenado a 13 años de prisión por ser "coautor del delito de privación ilegal de la libertad" e "imposición de tormentos" en cinco casos.
En un voto conjunto, los jueces Rosenkrantz y Highton consideraron que el beneficio de la aplicación de la ley penal más benigna, que surge del Código Penal, resulta extensivo a todos los delitos.
Los magistrados plantearon que esa posición es "aquella internacionalmente aceptada, incluso para el caso de los delitos de lesa humanidad", según se informó.
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