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martes, 1 de noviembre de 2016

Revocaron la cautelar que frenaba suba del gas para las pymes:


Tarifazo del gas: 

Una Cámara de Apelaciones de Córdoba revirtió el fallo del juez Miguel Vaca Narvaja, quien había hecho lugar a un amparo que presentó la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme) para suspender el incremento del 500% en las facturas y que ordenaba al Enargas que "retrotraiga urgentemente" las tarifas al 31 de marzo de este año.

A fines de septiembre, el magistrado dispuso "hacer lugar a la medida cautelar peticionada por Apyme y, en consecuencia, disponer para el colectivo integrado por los pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines, la suspensión de las medidas contenidas" en las resoluciones del Ministerio de Energía que disponían el ajuste tarifario.

Sin embargo, ahora, la Cámara consideró que el fallo esté en sintonía con la decisión de la Corte Suprema, que suspendió el incremento del servicio para usuarios residenciales, pero no así para las pymes, que ahora no sólo deberán abonar el aumento, sino que también la deuda llevada a los valores actuales.

“Se verifica que le asiste razón a los apelantes, en el sentido de que éste resulta de una heterogeneidad tal que no cumple con los estándares definidos, dado que abarca a una variada e indeterminada gama de usuarios no residenciales, tales como pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines que pudieran verse afectados con el dictado de las normas cuestionadas; por lo que no existe la posibilidad de identificar en forma precisa el colectivo involucrado. 

La enumeración efectuada demuestra que el universo de usuarios y situaciones que la actora pretende abarcar resulta excesivamente vasto”, señala el juez Eduardo Ávalos.

Por su parte, el camarista Ignacio María Vélez adhirió, e hizo alusión al fallo de la Corte: 

“Me tomo la libertad de hacer la transcripción precedente, a los fines de dejar expresa constancia del colectivo que la parte actora intenta incluir en la presente acción,incluso, abierto a “...cualquier rama o actividad...”, ello en franca contradicción con lo ya expresado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ha sentado claro criterio en relación a la necesidad de una “...adecuada y detallada determinación del conjunto de perjudicados por una conducta o acto…”.

En este sentido, el letrado explicó que, en la resolución se “entiende que sólo a partir de un certero conocimiento del supuesto colectivo involucrado y de sus eventuales subcategorías que podrían encontrarse afectadas, el juez podrá evaluar si la pretensión deducida se concentran los efectos comunes que el hecho o acto dañoso ocasiona o si el derecho constitucional de acceso a la justicia se encuentra comprometido de no admitirse la acción colectiva por vía de amparo”.

"Las prestadoras del servicio de distribución deberán adoptar las medidas necesarias para posibilitar el pago de las facturas adeudadas en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago", decía la determinación de Vaca Narvaja, quien justificaba su accionar al sostener que Apyme resguardaba “los derechos de las pequeñas y medianas empresas, al invocar como hecho único el aumento excesivo y desproporcionado de la tarifa de gas, que provocaría una lesión económica a todos y cada uno de ellas, frente al estado de vulnerabilidad al que quedarían sometidas".


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Artículo revisado: Revocaron la cautelar que frenaba suba del gas para las pymes: Clasificación: 5 Revisado por: Cadena Noticia Sur