Luego de modificar su reglamentación, el
gobernador bonaerense Daniel Scioli promulgó este miércoles la ley para regular
tales instituciones.
Al promulgar la ley, el mandatario provincial instruyó a la Dirección General de Cultura y Educación, a prever la adopción de las medidas que resulten conducentes para garantizar que la totalidad de los educadores comunitarios que brinden educación y cuidado a alumnos del nivel de educación inicial en las instituciones educativas comunitarias existentes, posean la titulación correspondiente.
En ese sentido, se estableció un control que "incluirá un sistema de supervisión de la educación que se imparta en las Instituciones Educativas Comunitarias de Nivel Inicial y asegurará el seguimiento de los avances en materia de formación y capacitación permanente de los educadores comunitarios".
Al respecto, voceros del gobierno bonaerense destacaron que "cumplimos con lo que anunciamos, no se permitirá a personas sin formación continuar al frente de las aulas", y se anticipó un trabajo conjunto para avanzar con la reglamentación de la norma.
Se informó que las personas que se encontraban a cargo de aulas en jardines comunitarios recibirán la capacitación adecuada para obtener su titulación.
La ley de Jardines Comunitarios, sancionada por la legislatura provincial
sin el visto bueno de la Dirección de Educación bonaerense, disponía que las
"instituciones educativas comunitarias" de nivel inicial, a las que asisten
chicos de 45 días a cinco años de edad, sean incorporadas al sistema educativo
formal bonaerense y que se reconozca el trabajo de quienes los atienden con un
sueldo y los mismos derechos que fija la ley para los docentes que trabajan en
las escuelas oficiales.
A partir de la promulgación, se otorgan 60 días para que la Dirección General de Cultura y Educación, la Secretaría de Personal y Política de Recursos Humanos y al Ministerio de Desarrollo Social, elaboren la reglamentación de la norma.
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