Tras 14 horas de un debate intenso.
La Ley de Pago Soberano sancionada este jueves por la
Cámara de Diputados implica:
1) Desplazamiento del Banco de Nueva York (BoNY):
1) Desplazamiento del Banco de Nueva York (BoNY):
La entidad financiera estadounidense será removida de sus funciones
y se designará en su lugar a Nación Fideicomisos SA.
En rigor, los fondos
depositados en el BoNY pertenecen a los bonistas, pero el banco no los
distribuye porque el juez Griesa determinó que debían bloquearse para evitar una
violación del pari passu.
Al cambiar la sede de pago, el gobierno se asegura que los acreedores cobren su dinero.
2) La creación de Fideicomisos:
Al cambiar la sede de pago, el gobierno se asegura que los acreedores cobren su dinero.
2) La creación de Fideicomisos:
Se crearán fideicomisos con fines específicos determinados por ley, la única
aplicación que se le puede dar a esos recursos son los establecidos por la
misma. Los fondos serán depositados en el Banco Central. En uno de ellos, el
"Fondo de Pago Soberano de Deuda Reestructurada", se realizarán los pagos a
todos aquellos bonistas que hayan ingresados en los canjes de 2005 y
2010.
3) Reapertura del Canje:
3) Reapertura del Canje:
Es para aquellos holdouts que
quieran cobrar bajo las mismas condiciones que los bonistas reestructurados y
recibir los montos correspondientes en el "Fondo de Pago Soberano de Deuda
Reestructurada", junto con el 92,4%.
4) Pagos a holdouts:
4) Pagos a holdouts:
Se
creará el "Fideicomiso de Pago Soberano de Deuda Pendiente de Canje", una cuenta
de Nación Fideicomisos en la cual se depositará en tiempo y forma "una cantidad
de fondos equivalentes a los que correspondería pagar por los servicios de los
actuales Títulos Públicos que en el futuro se emitan".
5) Cambio de Legislación:
5) Cambio de Legislación:
Los bonistas que lo deseen podrán cambiar la Ley vigente de sus
bonos por la ley argentina. Si un acreedor sospecha que sus bonos con
legislación extranjera pueden ver perjudicados sus cobros por futuras sentencias
judiciales, tienen garantizado el depósito por la justicia doméstica. Además, se
incorporó, para mayor confianza, a Francia como nueva jurisdicción del
canje.


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